BONIFICACIONES AUTÓNOMOS
Así han quedado las bonificaciones para el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos tras la entrada en vigor de la definitiva ley de emprendedores, la cual ha introducido la Disposición Adicional 35ª Bis, que amplia las bonificaciones a autónomos de 30 años o más.
DISPOSICION ADICIONAL
35ª DE LA LGSS
Ø
1.-
BONIFICACION HOMBRES < 30 Y MUJERES < 35. QUE SE INCORPOREN AL RETA A
PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL E.T. AUTONOMO.
·
Reducción 30 % primeros 15 meses.
·
Bonificación 30 % otros 15 meses.
MAXIMO
30 MESES.
Ø
2.-
BONIFICACIÓN ALTERNATIVA. MENORES DE 30 SIN DISTINCIÓN QUE CAUSEN ALTA INICIAL
O QUE NO HUBIERAN ESTADO DE ALTA EN LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS. LA SIGUIENTE ESCALA:
·
Reducción 80% durante los 6 primeros meses.
·
Reducción 50% durante los siguientes 6 meses.
·
Reducción 30% durante otros 3 meses.
·
Bonificación 30% durante los 15 meses ss a la
finacización del periodo de reducción.
MAXIMO
30 MESES.
A estos les restringe
la contratación de empleados. Si contratan la pierden.
Ø
3.-
Los trabajadores por cuenta propia que opten por el sistema del apartado
anterior, podrán acogerse a las bonificaciones y reducciones del apartado 1,
siempre que el cómputo total de las mismas no supere el plazo máximo de 30
mensualidades.
DISPOSICION ADICIONAL
35ª DE LA LGSS BIS
Ø
1.-
SOLO PARA MAYORES DE 30 SIN
DISTINCIÓN (30 O MÁS). QUE CAUSEN ALTA INICIAL O NO HUBIERAN ESTADO DE ALTA EN
LOS ÚLTIMOS 5 AÑOS. LA SIGUIENTE ESCALA:
·
Reducción del 80% durante los primeros 6
meses.
·
Reducción del 50% durante los siguientes 6
meses.
·
Reducción del 30% durante los siguientes 6
meses.
MAXIMO
18 MESES. SOLO
A estos también les
restringe la contratación de empleados. Si contratan la pierden.